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- Anuncio de Servicio Público sobre las Actualizaciones a los servicios obligatorios de cuidado personal: servicios en la cara
- Los servicios a la cara son permitidos dentro y fuera de locales en el condado de Santa Clara. Las empresas deben leer y seguir las directivas obligatorias para los servicios de cuidado personal en el sitio web debajo. Si van a proveer estos servicios, algunas cosas que deberían tener en cuenta son:
- 1. Minimice el tiempo realizando los servicios.
- 2. El esteticista / cosmetólogo y los clientes siempre deben usar un cubrebocas mientras se realizan los servicios.
- 3. Si un servicio requiere que los clientes se quiten el cubrebocas, se requiere que el cosmetólogo / esteticista use la máscara N95.
- Ejemplos de tales servicios incluyen: depilación o tratamiento facial; corte de barba o afeitado facial; tratamientos y masajes faciales; y otros servicios de cuidado personal en la medida en que requieran que el cliente se quite o ajuste su cubrebocas, pero solo por el tiempo mínimo y en el grado mínimo necesario para recibir el servicio. Los clientes deben volver a cubrirse con el cubrebocas tan pronto como les sea posible, y deben usar un cubrebocas mientras esperan su servicio, caminen hacia y desde el área de tratamiento, visiten el baño, y en cualquier otro momento mientras se encuentren en las instalaciones.
- 4. Estos requisitos solo se aplican a los servicios a la cara (arriba del cuello). Los empleados y clientes de los salones de manicura y peluquería deben usar su cubrebocas en todo momento.
- 5. Todos los propietarios de negocios deben completar y enviar un protocolo de distanciamiento social y seguir las directivas obligatorias del condado y del estado para los servicios de cuidado personal, disponibles en el sitio web debajo.
- Gracias, Mi nombre es Corina Herrera-Loera
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