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Jul 27th, 2017
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  1. En otras palabras, el salario de los trabajadores está compuesto por el 50% pagado directamente, más el 50% del aporte a la cooperativa, más los $150.000 pesos que se pagan mensualmente como ayuda extralegal toda vez que no se ha pactado expresamente en el pacto de exclusión salarial como ingreso no constitutivo de salario,además que a razón de la temporalidad de los pagos, éste se ha convertido en una fuente de ingreso para el trabajador de forma directa.
  2.  
  3. Es por esto que, en aplicación del Principio de la primacía de la realidad sobre las formas aneteriormente mencionado, la empresa “La cucharita se me perdió” debe hacer los aportes respectivos teniendo como base de cotización este salario completo, tal como lo indica el art. 4 de la Ley 797 de 2003.
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