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- Programa de Voluntariado Ciudadano para el Control Personalizado de Funcionarios Públicos
- 1. Objetivos del Programa
- - Transparencia: Garantizar la supervisión ciudadana de la gestión pública.
- - Rendición de cuentas: Asegurar que los funcionarios cumplan con sus responsabilidades y obligaciones legales.
- - Participación ciudadana: Empoderar a la sociedad para involucrarse activamente en la supervisión del gobierno.
- - Prevención de corrupción: Disuadir malas prácticas mediante el monitoreo constante.
- 2. Componentes del Programa
- 2.1. Estructura organizativa
- - Consejo Ciudadano de Supervisión: Grupo directivo que establece lineamientos, selecciona voluntarios y supervisa el programa.
- - Comités Regionales: Equipos locales que coordinan actividades en provincias y municipios.
- - Voluntarios capacitados: Ciudadanos seleccionados mediante criterios estrictos de idoneidad, imparcialidad y compromiso cívico.
- 2.2. Áreas de control
- - Gestión presupuestaria y uso de fondos públicos.
- - Cumplimiento de obligaciones laborales y horarios.
- - Declaraciones juradas de bienes y conflictos de interés.
- - Procedimientos administrativos y toma de decisiones.
- 2.3. Requisitos para voluntarios
- - Ser ciudadano mayor de edad con antecedentes limpios.
- - Completar una formación obligatoria en ética, transparencia y procedimientos legales.
- - Firmar un compromiso de confidencialidad y respeto a la privacidad de datos.
- 3. Herramientas tecnológicas
- - Plataforma digital segura:
- - Registro de voluntarios y asignación de tareas.
- - Recolección y análisis de reportes en tiempo real.
- - Mecanismos de alerta ante irregularidades.
- - IA para análisis de datos:
- - Detección de patrones de corrupción.
- - Evaluación del desempeño de los funcionarios.
- - Aplicación móvil:
- - Comunicación ágil entre voluntarios y coordinadores.
- - Captura de evidencias (fotos, videos, documentos).
- 4. Mecanismos de seguridad
- - Protección legal para voluntarios y denunciantes (leyes de whistleblowers).
- - Auditorías externas periódicas para garantizar transparencia.
- - Prohibición de politización o uso partidario del programa.
- - Control ciudadano también sobre los voluntarios para evitar abusos.
- 5. Financiamiento
- - Fondos públicos auditados de forma independiente.
- - Donaciones de organizaciones civiles comprometidas con la transparencia.
- - Reducción de gastos innecesarios en otras áreas del Estado.
- 6. Implementación gradual
- - Fase piloto: En municipios y provincias seleccionadas para ajustar el modelo.
- - Expansión nacional: Incorporación progresiva de más áreas y niveles del gobierno.
- - Evaluación continua: Medición de resultados para optimizar el programa.
- 7. Ejemplo práctico
- Un voluntario monitorea las declaraciones juradas de un grupo de funcionarios, comparando datos con registros de propiedades o compras importantes. Las discrepancias se reportan en la plataforma y son revisadas por el Consejo Ciudadano de Supervisión, que las remite a organismos de control o a la justicia si es necesario.
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- Desafíos y soluciones
- - Riesgos de seguridad: Proveer protección a los voluntarios y sus familias.
- - Sobrecarga administrativa: Usar tecnología para automatizar procesos.
- - Confianza ciudadana: Transparencia total sobre las actividades y resultados del programa.
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- PROYECTO DE LEY
- Ley de Creación del Programa de Voluntariado Ciudadano para el Control Personalizado de Funcionarios Públicos
- ARTÍCULO 1. Objeto
- Créase el Programa de Voluntariado Ciudadano para el Control Personalizado de Funcionarios Públicos (en adelante, "el Programa"), con el objetivo de promover la transparencia, la rendición de cuentas y la participación ciudadana en el seguimiento y monitoreo de las actividades y responsabilidades de los funcionarios públicos de todos los niveles y áreas del Estado.
- ARTÍCULO 2. Principios rectores
- El Programa se regirá por los principios de:
- 1. Transparencia: Garantizar la visibilidad y accesibilidad de la información monitoreada.
- 2. Imparcialidad: Evitar cualquier sesgo político o partidario en la ejecución del Programa.
- 3. Inclusión: Promover la participación diversa de ciudadanos de todas las regiones y sectores sociales.
- 4. Protección: Salvaguardar la seguridad e integridad de los voluntarios y los funcionarios monitoreados.
- ARTÍCULO 3. Ámbito de aplicación
- El Programa abarcará a todos los funcionarios públicos del ámbito nacional, provincial y municipal, incluyendo los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como organismos descentralizados y empresas estatales.
- ARTÍCULO 4. Organización
- 1. Consejo Nacional de Supervisión Ciudadana: Órgano rector encargado de establecer los lineamientos del Programa, seleccionar voluntarios y garantizar su correcta implementación.
- 2. Comités Regionales de Supervisión: Equipos descentralizados que gestionarán las actividades del Programa a nivel provincial y municipal.
- 3. Voluntarios: Ciudadanos seleccionados bajo criterios de idoneidad, imparcialidad y compromiso cívico, quienes recibirán formación especializada.
- ARTÍCULO 5. Selección de voluntarios
- Los ciudadanos interesados deberán cumplir los siguientes requisitos:
- - Ser mayor de 18 años.
- - No poseer antecedentes penales.
- - Aprobar un curso de capacitación en transparencia, ética y procedimientos legales.
- - Firmar un compromiso de confidencialidad y respeto a la privacidad de los datos.
- La selección priorizará la representación equitativa de género, regiones y sectores socioeconómicos.
- ARTÍCULO 6. Funciones de los voluntarios
- 1. Monitorear la gestión presupuestaria y el uso de fondos públicos.
- 2. Verificar el cumplimiento de horarios y obligaciones laborales de los funcionarios.
- 3. Revisar declaraciones juradas de bienes y conflictos de interés.
- 4. Informar posibles irregularidades a través de la plataforma digital del Programa.
- ARTÍCULO 7. Herramientas tecnológicas
- Se desarrollará una plataforma digital segura que permita:
- 1. Registrar voluntarios y asignar tareas.
- 2. Recolectar y analizar reportes en tiempo real.
- 3. Detectar patrones de irregularidades mediante inteligencia artificial.
- Además, se implementará una aplicación móvil para facilitar la comunicación y captura de evidencias por parte de los voluntarios.
- ARTÍCULO 8. Financiamiento
- El Programa será financiado mediante:
- 1. Presupuesto nacional auditado de forma independiente.
- 2. Donaciones de organismos nacionales e internacionales comprometidos con la transparencia.
- ARTÍCULO 9. Protección a los voluntarios
- Se garantizará la protección legal y personal de los voluntarios mediante:
- 1. Aplicación de leyes para la protección de denunciantes (whistleblowers).
- 2. Resguardo de su identidad cuando sea necesario.
- ARTÍCULO 10. Remuneración de los voluntarios
- El carácter del Programa será voluntario y no remunerado. Sin embargo, se contemplará:
- 1. Cobertura de gastos básicos (transporte, alimentación).
- 2. Incentivos simbólicos como certificados oficiales y puntos en concursos públicos.
- ARTÍCULO 11. Penalidades
- Cualquier intento de interferir o amenazar a los voluntarios será considerado delito y castigado con las máximas penas establecidas en el Código Penal.
- ARTÍCULO 12. Implementación
- El Programa se implementará de manera gradual, comenzando con una fase piloto en regiones seleccionadas y expandiéndose progresivamente al resto del país.
- ARTÍCULO 13. Disposiciones finales
- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los 90 días posteriores a su promulgación.
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