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- ## Plan De Descentralización Y Reequilibrio Federal De La República Argentina
- ### Objetivo General:
- Disminuir progresivamente la centralidad económica, financiera, institucional y de servicios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, redistribuyendo recursos y funciones hacia el interior del país para establecer un modelo federal real, sustentable y equitativo.
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- ## ETAPAS DEL PLAN
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- ### 1. **Diagnóstico y Marco Legal**
- **Duración:** 6 meses
- * Censo y auditoría nacional de la concentración institucional, económica y de servicios en CABA.
- * Creación del **Consejo Federal de Descentralización**, con representación de todas las provincias.
- * Reformas constitucionales o leyes necesarias para habilitar la redistribución de funciones clave.
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- ### 2. **Descentralización institucional**
- **Duración:** 5 años (escalonado)
- * **Traslado progresivo de organismos nacionales** fuera de CABA:
- * Banco Central → Córdoba o Mendoza
- * Ministerio de Agricultura → Rosario
- * Ministerio de Minería → San Juan
- * Ministerio de Industria → Neuquén o Tucumán
- * AFIP → nodo central en Santa Fe
- * ANSES → nodo en Santiago del Estero o Salta
- * CONICET → sede central en La Plata o Córdoba
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- ### 3. **Reestructuración del sistema financiero**
- **Duración:** 5 años
- * Incentivos fiscales y regulatorios para **deslocalizar bancos, fintechs y aseguradoras**.
- * Creación de **Bancos Provinciales de Desarrollo**, con respaldo nacional y autonomía operativa.
- * Redefinición de la sede de la **Bolsa de Comercio Federal**: una nueva bolsa en Rosario o Córdoba.
- * Prohibición gradual de que todos los movimientos financieros de entes públicos pasen por CABA.
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- ### 4. **Redistribución de polos económicos y tecnológicos**
- **Duración:** 10 años
- * Creación de **Zonas Económicas Federales Especializadas**:
- * Tecnología en Córdoba y Tandil.
- * Biotecnología en Santa Fe.
- * Industria pesada en Mendoza-San Juan.
- * Industria alimentaria en Tucumán y NOA.
- * Desmantelamiento de beneficios fiscales concentrados en CABA.
- * Impulso a leyes de contratación pública que **obliguen a contratar fuera de CABA al menos un % del gasto anual del Estado Nacional**.
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- ### 5. **Transición educativa, cultural y mediática**
- **Duración:** 5 años
- * Incentivos a universidades nacionales para establecer **nuevos campus fuera de CABA**.
- * Transferencia de medios públicos nacionales (TV Pública, Radio Nacional) a otras provincias.
- * Promoción de polos editoriales, cinematográficos y artísticos federales.
- * Reforma del sistema educativo nacional con enfoque territorial y federal.
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- ### 6. **Transferencia de personal y servicios**
- **Duración:** 10 años
- * Programas de **relocalización voluntaria incentivada de empleados públicos nacionales** radicados en CABA.
- * Reorganización del mapa de contrataciones estatales: prioridad a proveedores fuera de CABA.
- * Rediseño del transporte de cargas y logística para **favorecer puertos y rutas alternativos**.
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- ## Opciones adicionales
- * **Ley de tope de ingresos públicos por jurisdicción**: ninguna jurisdicción puede superar el 10% del presupuesto nacional.
- * **Separación fiscal progresiva**: CABA paga por los servicios que concentra, pero no puede recibir más que su peso poblacional.
- * **Transformación de CABA en Distrito Federal sin autonomía económica propia**, tipo Washington D.C.
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- ## Impactos esperados
- > Aumento del empleo, inversión y actividad económica en el interior
- > Fortalecimiento del federalismo real
- > Reducción de la migración forzada a grandes urbes
- > Descongestión de infraestructura colapsada en AMBA
- > Transformación del modelo de país unitario a uno policéntrico
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- **PROYECTO DE LEY**
- **Ley Nacional de Descentralización y Reequilibrio Federal de la República Argentina**
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- ### Artículo 1.
- **Objeto.** La presente ley tiene por objeto establecer un proceso de descentralización progresiva de organismos, funciones, recursos y capacidades estatales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hacia las provincias argentinas, con el fin de garantizar un federalismo real, equitativo y productivo.
- ### Artículo 2.
- **Creación del Consejo Federal de Descentralización.** Créase el Consejo Federal de Descentralización (CFD), integrado por representantes del Poder Ejecutivo Nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Consejo Federal de Inversiones, y representantes del Poder Legislativo Nacional. Este Consejo será el órgano rector del proceso de descentralización.
- ### Artículo 3.
- **Red de Capitales Federales Funcionales.** Establécese la conformación de una red de ciudades cabeceras provinciales que alojarán nuevas sedes operativas de ministerios, organismos autárquicos, bancos y agencias nacionales.
- ### Artículo 4.
- **Desconcentración financiera.** El Banco Central de la República Argentina, la Comisión Nacional de Valores, la Bolsa Federal de Comercio, y demás organismos del sistema financiero nacional deberán establecer sedes fuera de CABA en el plazo de cinco (5) años.
- ### Artículo 5.
- **Polos de desarrollo regional.** El Poder Ejecutivo Nacional deberá promover y financiar la creación de zonas económicas especiales, tecnológicas, industriales y científicas en regiones seleccionadas junto a las provincias.
- ### Artículo 6.
- **Federalización de los medios y cultura.** Las sedes operativas de la Televisión Pública, Radio Nacional, y el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) deberán trasladarse fuera de CABA en un plazo de tres (3) años.
- ### Artículo 7.
- **Plan Nacional de Reasignación de Recursos Humanos.** Créase el Plan de Reasignación Territorial de Recursos Humanos del Estado Nacional, con incentivos a la relocalización voluntaria de empleados nacionales.
- ### Artículo 8.
- **Fondo Federal de Transición.** Créase el Fondo Federal de Transición y Reequilibrio Territorial, con recursos provenientes del Tesoro Nacional y aportes internacionales, para financiar infraestructura, vivienda, tecnología y logística en las provincias receptoras.
- ### Artículo 9.
- **Contrataciones federales.** Establécese que al menos el 50% de las contrataciones estatales nacionales deberán realizarse con proveedores radicados fuera de la CABA, con prioridad a regiones desfavorecidas.
- ### Artículo 10.
- **Autoridad de aplicación.** El Ministerio del Interior será la autoridad de aplicación hasta tanto se cree la Agencia Nacional de Descentralización Federal.
- ### Artículo 11.
- **Plazos.** El proceso de descentralización tendrá una duración de diez (10) años, con metas anuales y evaluación cada dos (2) años por el Congreso de la Nación.
- ### Artículo 12.
- **Reglamentación.** El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley en un plazo no mayor a noventa (90) días desde su publicación.
- ### Artículo 13.
- **Cláusula transitoria.** Ninguna relocalización de personal podrá ser compulsiva. Los derechos laborales serán garantizados en su totalidad.
- ### Artículo 14.
- **Entrada en vigencia.** La presente ley entrará en vigencia a partir de los treinta (30) días de su publicación en el Boletín Oficial.
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