Advertisement
Guest User

Herp2

a guest
Oct 24th, 2014
165
0
Never
Not a member of Pastebin yet? Sign Up, it unlocks many cool features!
text 3.01 KB | None | 0 0
  1. Rescisión del Contrato
  2.  
  3. La rescisión puede llevarse a cabo por el asegurador si se dan circunstancias especiales (alteración riesgo, falsa declaración, impago de prima, reticencia…)
  4. “La rescisión del Contrato es la pérdida de vigencia de los efectos de una Póliza en virtud de determinadas causas”
  5. Para rescindir el contrato se debe notificar al asegurado y devolverle la parte de prima no consumida, aunque el asegurado puede rescindirlo pero sin tener derecho a exigir la devolución de la prima.
  6. La rescisión debe ser notificada dentro de un plazo de preaviso estipulado en las pólizas, que suele ser de dos meses anteriores al vencimiento. En seguros de daños contratados por plazos superiores a una anualidad, el asegurado puede rescindir el contrato a su vencimiento si ha avisado en el plazo de preaviso.
  7. La anulación es “La rescisión de los efectos de una póliza, bien por producirse las circunstancias que se previeron contractualmente como determinantes de ello, por acuerdo mutuo o por decisión unilateral de cualquier parte”.
  8. La anulación de una póliza tiene un efecto de “no existencia”, por ello, el asegurado ha de reembolsar las indemnizaciones percibidas y el asegurador debe devolver las primas cobradas, es decir, nunca ha habido contrato.
  9. La rescisión no opera con efecto retroactivo, sino desde la fecha en que se plantea considerándose válidos los efectos producidos con anterioridad a ese momento (el asegurador retiene las primas cobradas y el asegurador retiene las indemnizaciones).
  10. - Plazo de Gracia.
  11. “Período de tiempo durante el cual, aunque no esté cobrado el recibo de la prima, surten efecto las garantías de la póliza en caso de siniestro”.
  12. Generalmente suele concederse durante el mes siguiente a cada uno de los vencimientos de los recibos de las primas (excepto el primero), se justifica no sólo facilitando a los asegurados el pago de las primas sino evitando las situaciones de injusticia. En caso de ocurrencia de siniestro la entidad aseguradora estará obligada a atenderle, siempre y cuando el tomador del seguro proceda al pago de la prima correspondiente a la nueva anualidad.
  13.  
  14. - Descripción y Situación del Riesgo
  15. Es uno de los elementos clave que permite a las entidades aseguradoras hacer una valoración justa y el establecimiento de una prima adecuada. Uno de los elementos formales del Contrato de Seguro es la Declaración del Riesgo.
  16. Otro factor importante de la descripción es que permite a la entidad conocer el llamado “Cúmulo de Riesgos” que se produce cuando determinadas partes de un mismo riesgo está aseguradas simultáneamente por la misma entidad aseguradora, o cuando ciertos riesgos distintos están sujetos al mismo evento (P.Ej: factorías de una misma industria que se encuentran cerca y un incendio puede propagarse entre ambas).
  17. La falsa declaración da opción al asegurador para la rescisión del contrato, ya que si el tomador hubiese incumplido uno de los principios fundamentales del contrato de seguro como es el principio de “Buena fe”.
Advertisement
Add Comment
Please, Sign In to add comment
Advertisement